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La Audiencia de Las Palmas ratifica la condena a un hombre por causar daños en una comunidad de vecinos

El tribunal confirma la multa de 2.310 euros y la indemnización por los desperfectos ocasionados en las zonas comunes y los trasteros

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La Audiencia Provincial de Las Palmas ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por un hombre condenado por causar diversos daños materiales en la comunidad de propietarios donde residía de forma irregular. Con esta resolución, la justicia ratifica la sanción económica que obliga al procesado al pago de una multa de 2.310 euros. Además, el condenado deberá abonar una indemnización de 1.168,03 euros por los desperfectos iniciales, a los que se sumará una cuantía adicional que se determinará en la fase de ejecución de la sentencia.

Los hechos probados se remontan al periodo comprendido entre septiembre de 2022 y febrero de 2023. Según consta en el expediente, el individuo ocupó las zonas comunes anexas a los trasteros sin el consentimiento de los propietarios. Durante su estancia, el acusado golpeó de forma reiterada las cámaras de seguridad y el telefonillo del edificio. Asimismo, el tribunal considera acreditado que prendió fuego a las puertas de varios trasteros empleando una garrafa con líquido inflamable.

Pruebas periciales y presunción de inocencia

El recurso de la defensa alegaba una posible infracción del principio de presunción de inocencia, argumento que ha sido rechazado de plano por el tribunal. La sentencia subraya que existen informes periciales no impugnados y testimonios suficientes que constituyen una prueba de cargo lícita. Respecto a la valoración de los hechos, el tribunal señala que "el razonamiento del juzgador de instancia no fue arbitrario ni erróneo", validando así el criterio basado en pruebas objetivas.

Además de los daños materiales, la presidenta de la comunidad denunció haber sido objeto de amenazas de muerte en octubre de 2023. Aunque el procesado negó estas acusaciones y la autoría de la fractura de una cerradura de acceso, la Audiencia concluye que las explicaciones de la sentencia original son lógicas y se sustentan en pruebas practicadas con todas las garantías legales.

"La resolución subraya que no hubo error en la apreciación probatoria", indica el dictamen, al considerar que la valoración de la víctima y los peritos desvirtúan cualquier duda sobre la autoría. A pesar de la firmeza de este fallo provincial, la resolución no es firme y aún cabe la posibilidad de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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