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Un jubilado de Pamplona recupera más de 10.000€ por complemento de maternidad e indemnización a la Seguridad Social

El tribunal destacó que el demandante se vio obligado a recurrir a la vía judicial debido a la negación de su derecho por parte del INSS

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Un jubilado de Pamplona ha logrado una importante victoria al reclamar con éxito el derecho al complemento de maternidad, reconocido por juzgado de lo Social nº3 de Pamplona. Inicialmente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) denegó el complemento inicialmente, pero el tribunal confirmó el derecho del cliente y le concedió una indemnización por discriminación. Como resultado, el cliente recibirá un total de 10.260,30€, que incluye tanto la retroactividad del complemento como la indemnización, es decir, desde la fecha en la que accedió a su pensión (15/03/2016). El tribunal destacó que el demandante se vio obligado a recurrir a la vía judicial debido a la negación de su derecho por parte del INSS, lo que constituye una discriminación, “pues a las mujeres no se les exigió solicitar el complemento”. Asimismo, el INSS debió aplicar la jurisprudencia del TJUE y Supremo en lugar de seguir provocando una discriminación relacionada con el procedimiento al obligar a los afectados a litigar. Por ello, se concedió una indemnización de 1.800€, de acuerdo con los criterios del Tribunal Supremo.

Importancia de la Sentencia y Reparación de Derechos

Ainhoa Martín, letrada de Unive Abogados Bilbao y encargada del asunto, destacó la importancia de esta sentencia, subrayando la necesidad de reparación en casos de vulneración de derechos fundamentales. Este fallo no solo beneficia al cliente afectado, sino que también establece un precedente significativo para otros jubilados en situaciones similares. Davari recomienda encarecidamente buscar el apoyo de profesionales con experiencia en estos procedimientos.

Requisitos para la reclamación

Es crucial destacar que es posible presentar una reclamación cumpliendo con los requisitos para solicitar el complemento por maternidad, que incluyen haber accedido a la pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, además de ser padres de dos o más hijos. Desde febrero de 2021, la normativa vigente podría estar infringiendo la legislación europea al dificultar injustificadamente el acceso al complemento para todos los hombres, independientemente de si son padres de uno o más hijos, lo que abre la posibilidad de presentar una reclamación.
 

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