Pamplona Actual

El Sindicato Médico de Navarra denuncia "esquirolaje interno" en el HUN durante la huelga de tardes

Ha presentado una denuncia ante la Inspección de Trabajo tras la redistribución de peonadas entre facultativos no huelguistas

  • Protesta del Sindicato Médico de este jueves

La huelga médica de tardes en el Hospital Universitario de Navarra lleva apenas días en marcha y ya genera su primera batalla jurídica. El Sindicato Médico de Navarra (SMN) ha denunciado formalmente ante la Inspección de Trabajo lo que considera una maniobra de la dirección del HUN para neutralizar el impacto del paro: redistribuir entre facultativos no huelguistas la actividad extraordinaria voluntaria —conocida como peonadas, PLEs o productividad variable— que algunos médicos decidieron abandonar para secundar la huelga.

Qué es la huelga y qué actividad está en disputa

La convocatoria del SMN afecta a todos los médicos y facultativos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, incluido el personal en formación, en horario de tardes de lunes a viernes, entre las 15:20 y las 21:59 horas. El periodo de huelga se extiende del 4 de mayo al 30 de junio de 2026.

Dentro de ese tramo horario queda afectada tanto la jornada ordinaria de tarde como las guardias y la citada actividad extraordinaria voluntaria. Precisamente por su carácter voluntario, estas peonadas no están sometidas a servicios mínimos.

La denuncia: redistribución para reducir el impacto

Según el sindicato, varios facultativos comunicaron previamente su intención de dejar de realizar esa actividad voluntaria como forma de adherirse al paro. El SMN subraya que ese aviso respondía a una voluntad de minimizar molestias a los pacientes y evitar desplazamientos innecesarios, no a facilitar que el trabajo fuera reasignado. Sin embargo, los responsables del hospital habrían redistribuido esas peonadas entre otros profesionales ajenos a la huelga.

Para el sindicato, se trata de un caso de "esquirolaje interno": una reorganización artificial de la actividad asistencial diseñada para reducir el efecto real del paro.

El respaldo jurídico que invoca el SMN

El sindicato apela al artículo 28.2 de la Constitución Española, que protege el derecho de huelga como derecho fundamental, y recuerda que la jurisprudencia española distingue tres formas de esquirolaje consideradas ilícitas: la contratación de sustitutos externos, la redistribución del trabajo entre empleados no huelguistas y el desvío de actividad a otros centros u estructuras organizativas.

Como referencia reciente, el SMN cita la Sentencia del Tribunal Supremo 1199/2024, que reiteró la doctrina según la cual, aunque un trabajador no huelguista puede continuar con sus funciones habituales, la empresa no puede reorganizar la plantilla para cubrir las tareas de quienes ejercen su derecho de huelga.

El Comité de Huelga del Sindicato Médico de Navarra ha presentado una denuncia formal ante la Inspección de Trabajo y reclama medidas inmediatas para frenar estas prácticas y depurar responsabilidades.

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