Stick Noticias

La justicia declara nulo el despido de 59 docentes del colegio Jesús María de Bilbao por ocultación empresarial

El TSJPV ordena la readmisión de la plantilla y condena a las congregaciones religiosas por actuar como un grupo empresarial sin transparencia

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictaminado la nulidad del despido colectivo que afectó a 59 trabajadores de la Bidaide Fundazioa. La mayoría de los empleados desempeñaban su labor docente en el colegio Jesús María Ikastetxea de Bilbao, centro que cesó su actividad el pasado curso tras fracasar su integración en la Fundación Escolar Jesuitinas.

La sentencia estima el recurso del sindicato ELA y revoca la decisión previa del Juzgado de lo Mercantil. El fallo judicial es contundente al señalar que la fundación y las congregaciones de Jesús María y las Hermanas de la Caridad operaban como un "todo empresarial". Los magistrados han acreditado la existencia de una confusión patrimonial y unidad de caja, lo que obliga a estas entidades a responder de forma solidaria ante los trabajadores.

Incumplimiento del deber de subrogación y falta de negociación real

El tribunal subraya que existía un compromiso expreso de subrogación por parte de la Congregación Jesús María, el cual fue ignorado al tramitar la extinción de los contratos. Este hecho, sumado a la ocultación de la condición de empleador real durante el periodo de consultas, ha sido determinante para la declaración de nulidad. Al no aportar la documentación requerida sobre el grupo empresarial, se considera que la negociación con la parte social fue "totalmente frustrada".

Además, el TSJPV recalca que la dirección ya había comunicado el cierre del centro un mes antes de iniciar formalmente las consultas. Para la justicia, esto demuestra que la decisión estaba tomada de antemano, convirtiendo el proceso legal en un trámite inexistente.

Readmisión inmediata y abono de salarios de tramitación

La resolución impone la readmisión de los 57 docentes de Bilbao y los 2 trabajadores de la sede de San Sebastián. Las entidades condenadas deberán abonar los salarios devengados desde el momento del despido hasta que se haga efectiva su reincorporación. Aunque el fallo supone un giro radical en el conflicto laboral del centro bilbaíno, la sentencia todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN