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El Gobierno de Navarra muestra su disconformidad con la propuesta de UPN de derogar la transitoria cuarta

El vicepresidente primero y portavoz del Gobierno Foral ha subrayado la importancia de respetar el principio de bilateralidad entre el Estado y Navarra

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  • El vicepresidente Remírez, durante una intervención.
  • Defiende las especificidades forales y considera que aceptar la propuesta de UPN “podría generar un precedente peligroso”

El Gobierno de Navarra ha expresado su desacuerdo con la propuesta de reforma constitucional presentada por el grupo parlamentario de UPN. La propuesta busca derogar la disposición transitoria cuarta de la Constitución Española, que permite a la Comunidad Foral decidir mediante referéndum si desea integrarse en el régimen autonómico vasco. Esta disposición es única en su tipo y refleja la singularidad del régimen foral de Navarra.

El Ejecutivo foral considera que la modificación unilateral de disposiciones constitucionales podría establecer un precedente peligroso. Esto permitiría a cualquier mayoría parlamentaria en las Cortes Generales realizar cambios sin el consentimiento de Navarra ni de sus instituciones. Tal acción podría poner en riesgo otros elementos del marco constitucional, como la Disposición Adicional Primera, que ampara los fueros y el autogobierno de Navarra.

El vicepresidente primero y portavoz del Gobierno de Navarra ha subrayado la importancia de respetar el principio de bilateralidad entre el Estado y la Comunidad Foral. Según el acuerdo adoptado este jueves, este principio es fundamental para el régimen foral navarro. La bilateralidad asegura que las decisiones que afectan a Navarra sean consensuadas y no impuestas por intereses partidistas.

Defensa de la relación institucional bilateral

El Gobierno foral también destaca la importancia de mantener relaciones bilaterales con otras comunidades autónomas, especialmente con las limítrofes como Aragón, La Rioja y el País Vasco. La propuesta de reforma constitucional, según el Ejecutivo, rompería con esa bilateralidad y trataría a Navarra como una comunidad más del régimen común, ignorando su singularidad histórica y política.

El acuerdo del Gobierno de Navarra resalta que la Comunidad Foral está viviendo su mejor momento institucional desde la entrada en vigor de la Constitución de 1978 y la Ley Orgánica de 1982. Hasta la fecha, se han ejecutado 64 decretos de transferencias del Estado a Navarra, fortaleciendo su autogobierno. El Ejecutivo foral apuesta por seguir actualizando sus derechos históricos y fortaleciendo su autogobierno en democracia.

Navarra, única comunidad con disposiciones constitucionales específicas

Navarra es la única Comunidad Autónoma del Estado español con disposiciones específicas en la Constitución, a través de la disposición transitoria cuarta, la disposición adicional primera y la disposición derogatoria. La disposición transitoria cuarta establece un procedimiento para la incorporación de Navarra al País Vasco, condicionado a la voluntad de las instituciones navarras y a la aprobación mediante referéndum de la población navarra.

La disposición adicional primera ampara los derechos históricos de los territorios forales, permitiendo que Navarra sea una Comunidad Foral. Este reconocimiento se basa en la Ley Paccionada de 1841 y ha sido fundamental para el régimen de autogobierno de Navarra. La disposición derogatoria mantiene vigentes para Navarra la Ley de Confirmación de Fueros de 1839 y la Ley Paccionada de 1841, que constituyen el sustento histórico del régimen foral.

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