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Confirman 14 años de cárcel para un hombre por agredir sexualmente a su mujer y vejar a su hijo en Gipuzkoa

El alto tribunal vasco ratifica la condena por maltrato habitual y agresión sexual cometidos durante más de tres décadas de convivencia.

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  • TSJPV en Bilbao -

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la condena de 14 años y 4 meses de prisión para un hombre acusado de agresión sexual, maltrato habitual y vejaciones contra su esposa y su hijo. La resolución confirma el fallo previo de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa, que consideró probados los abusos y ataques ocurridos en el ámbito familiar entre los años 1988 y 2021.

El tribunal fundamenta su decisión en la solidez de las pruebas presentadas, desestimando el recurso del condenado, quien alegaba una vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Sin embargo, los magistrados consideran que existe prueba de cargo suficiente y que el relato de la víctima ha sido coherente y mantenido en el tiempo.

Delitos de maltrato y agresiones en el ámbito familiar

El procesado ha sido declarado autor de un delito de agresión sexual, uno de maltrato habitual, tres de maltrato no habitual y dos delitos continuados de vejaciones injustas. La sentencia no solo incluye la pena privativa de libertad, sino también 50 días de localización permanente y el pago de indemnizaciones por valor de 25.000 euros para la mujer y 2.000 euros para el hijo afectado.

La justicia destaca que no existen indicios de intereses espurios en la denuncia y que el testimonio de la mujer se ve reforzado por las declaraciones de los hijos, quienes actuaron como testigos de referencia durante el proceso judicial.

Ratificación de la condena y recursos ante el Tribunal Supremo

El TSJPV subraya en su resolución que la inferencia probatoria realizada por la audiencia guipuzcoana está "razonada suficientemente". Al rechazar el principio in dubio pro reo, el tribunal vasco deja claro que la defensa se limitó a negar los hechos sin aportar elementos que generasen una duda razonable sobre la culpabilidad del agresor.

Pese a la contundencia del fallo, la sentencia no es firme. La defensa todavía dispone de la opción de interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo para intentar revertir la condena por estos delitos de violencia de género y maltrato familiar.

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