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El plazo para pagar o fraccionar la nueva tasa de residuos en Bilbao finaliza el 31 de mayo

Los propietarios de inmuebles en Bilbao afrontan este mes el abono del nuevo tributo municipal que sustituye a la antigua tasa de basuras

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El próximo 31 de mayo será el último día para que los propietarios de inmuebles urbanos en Bilbao realicen el pago o soliciten el fraccionamiento de la nueva tasa de residuos urbanos. Esta figura impositiva, que entra en vigor este 2026, presenta una particularidad importante: este año su abono se realiza de forma independiente al resto de tributos municipales, como el IBI o el impuesto de vehículos.

A diferencia del sistema anterior, gestionado por el Consorcio de Aguas de forma trimestral, el Ayuntamiento de Bilbao asume ahora la gestión directa. La administración local ha enviado por correo ordinario una carta informativa junto al documento de pago, donde se detalla el importe total de las cuotas.

Opciones de pago y fraccionamiento para los contribuyentes

Los ciudadanos obligados al pago disponen de dos vías para liquidar este recibo antes de que expire el plazo a finales de mes:

  • Pago único: Se puede abonar el importe total de forma telemática o en las oficinas y cajeros de las entidades bancarias colaboradoras utilizando el documento recibido.

  • Fraccionamiento: Es posible dividir el total en seis plazos mensuales, de julio a diciembre de 2026, sin intereses. Para optar a esta modalidad, es imprescindible que el titular lo solicite formalmente antes del 31 de mayo.

Para tramitar esta solicitud, quienes posean BakQ o certificado digital pueden hacerlo a través de la web municipal. Asimismo, existe la opción de realizar el trámite de forma presencial en las oficinas de San Agustín, previa cita en el teléfono 010.

Diferencias entre la tasa de residuos y la antigua de basuras

Esta nueva tasa responde a la aplicación de la Ley 7/2022, que obliga a los municipios a nivel estatal a cubrir el coste real del servicio de recogida, transporte y tratamiento de desechos. Según fuentes municipales del Área de Hacienda, el cálculo del importe se divide en una parte básica, vinculada al valor catastral, y una parte específica, que depende de la generación potencial de residuos.

"En las viviendas, se tiene en cuenta el número de personas empadronadas", explican desde el área técnica, señalando que en inmuebles de uso comercial "se valora la actividad realizada y la superficie". Cabe destacar que los garajes, trasteros y solares quedan exentos del pago de la parte específica.

Aunque el cobro es excepcional este año, a partir de 2027 los recibos se integrarán de nuevo en el calendario tributario ordinario y se girarán junto al resto de impuestos periódicos según la modalidad elegida por cada contribuyente.

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