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Bilbao abre un dispositivo especial de cita previa para el informe de vulnerabilidad en la regularización de extranjeros

El Ayuntamiento activa un servicio en Campo Volantín para facilitar el trámite del Real Decreto 316/2026 a personas inmigrantes en la Villa

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El Ayuntamiento de Bilbao ha anunciado la puesta en marcha de un recurso específico destinado a facilitar la obtención del Informe de Vulnerabilidad, un documento indispensable para ciertos perfiles dentro del proceso de regularización extraordinaria de personas inmigrantes. Este procedimiento, regulado por el Real Decreto 316/2026 publicado recientemente en el BOE, se mantendrá vigente hasta el próximo 30 de junio.

Ubicación y horarios del nuevo servicio municipal en Campo Volantín

A partir del próximo lunes 20 de abril, el dispositivo temporal comenzará su actividad en el Paseo de Campo Volantín, número 36. El horario de atención al público será de lunes a viernes, desde las 8:30 hasta las 20:00 horas. El personal especializado del centro orientará a los usuarios y prestará ayuda directa en la cumplimentación del impreso habilitado para tal fin.

Para garantizar una atención organizada, el consistorio ha implementado un sistema de cita previa. Los interesados deberán gestionar su turno a través de un enlace específico que se habilitará en la página de inicio de la web oficial www.bilbao.eus. Es imprescindible que los solicitantes acudan a la oficina portando su documentación de identidad original, ya sea el pasaporte, la cédula de inscripción o el título de viaje.

Quiénes deben solicitar el informe de vulnerabilidad para su regularización

Es importante destacar que este trámite no es obligatorio para todos los solicitantes del proceso de extranjería. El Informe de Vulnerabilidad solo debe ser presentado por aquellas personas que se encuentren en las siguientes situaciones:

  • No hayan realizado una solicitud formal de asilo.

  • No dispongan de medios para demostrar que han realizado una actividad laboral en España.

  • No cuenten con familia directa en el Estado (hijos menores de 18 años, hijos con discapacidad o progenitores a su cargo).

Por el contrario, si la persona puede acreditar que ha solicitado asilo, que ha trabajado o que posee los vínculos familiares mencionados, no requerirá de este documento municipal para continuar con su expediente.

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