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El TAN anula la aportación del Ayuntamiento de Pamplona a la Korrika

El Tribunal Administrativo de Navarra estima el recurso de Pompaelo que consideraba que era una "subvención encubierta"

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El Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) ha anulado la aportación de 6.000 euros del Ayuntamiento de Pamplona a la última edición de la Korrika, una carrera de relevos en apoyo a la promoción del euskera, organizada por la cooperativa AEK. La decisión, impulsada a raíz de un recurso presentado por la Asociación Pompaelo, cuestiona la legalidad de esta aportación, que fue tramitada mediante un contrato menor de patrocinio en lugar de una subvención municipal directa. Según la resolución del TAN, la contratación «no se ajusta a Derecho» y se declara nula.

La Asociación Pompaelo considera que esta medida tomada por el Ayuntamiento, actualmente dirigido por EH Bildu, no respetó los procedimientos legales para la concesión de fondos públicos. «Pompaelo no se opone a que el Ayuntamiento financie la Korrika, ni a su celebración ni a sus objetivos», señalaron desde la organización, sino al hecho de que «se use dinero de todos los pamploneses de un modo que esquiva los controles y reglas establecidos en la normativa municipal». 

La resolución del TAN pone el acento en la distinción entre patrocinio y subvención, señalando que un contrato de patrocinio implica una contraprestación publicitaria claramente justificada y valorada en el mercado. En este caso, sin embargo, el TAN concluye que «no se encuentra justificado el retorno publicitario» de la aportación del Ayuntamiento a la Korrika, y observa que el valor de la publicidad proporcionada por la entidad beneficiaria, AEK, «no está acreditado». Así, se determina que esta financiación debería haberse encauzado como una actividad de fomento mediante subvención, ya que «la promoción del euskera es uno de los objetivos de la normativa municipal».

Desde Pompaelo, recalcan que la aportación no debería haberse canalizado como patrocinio debido a las características de la Korrika, cuya celebración —afirman— ha incluido en ocasiones mensajes de «exaltación de terroristas o del terrorismo», algo que la normativa municipal prohíbe para la concesión de subvenciones. «Si esta exaltación, habitual y notoria en todas las ediciones de la Korrika, se puede evitar, no habría razón para que no se tramitara como cualquier otra subvención municipal», afirmó la asociación.

El fallo está abierto a recurso, y desde Pompaelo expresan su preocupación ante la posibilidad de que el Ayuntamiento decida emprender una batalla legal prolongada. «La experiencia nos dice que las alcaldías de EH Bildu no tienen inconveniente en dedicar recursos públicos a contradecir fallos del tribunal», señalaron, refiriéndose a casos pasados en los que el consistorio recurrió sentencias desfavorables en asuntos municipales, como la redistribución de las escuelas infantiles.

Finalmente, desde Pompaelo animan a otras entidades y ciudadanos a seguir utilizando el recurso ante el TAN para fiscalizar las acciones municipales que consideren irregulares y agradecieron el apoyo legal del abogado Juan Frommknecht, cuya labor ha sido clave en este procedimiento.

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